sábado, 14 de febrero de 2015

IMPUTAR

1. (Del lat. imputāre)

2. La imputación es un término con origen en el vocablo latino imputatio

3. tr. Atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable (un delito o acción).

EJEMPLO: Piden imputar a la presidenta de Argentina Cristina Fernández por la denuncia de Nisman 

4. tr. Señalar la aplicación o inversión de una cantidad, sea al entregarla, sea al tomar razón de ella en cuenta. 

5. En  economía, por último, se conoce como teoría de la imputación a un postulado del austriaco Friedrich von Wieser que sostiene que los factores se combinan en proporciones fijas en cada industria, lo que no sucede en industrias diferentes.

En estadística, se conoce como imputación a la sustitución de valores que no han sido informados en una observación por otros valores. Este paso es necesario para el tratamiento de los datos a partir de ciertas técnicas estadísticas, que consideran datos que no son observados porque sí son imputados.


En derecho, la imputación es el acto que implica la acusación formal a una persona de un delito concreto. A partir del momento de la imputación, el acusado puede ejercer su derecho a defensa y deja de estar sometido a los deberes que les corresponden a los testigos (como decir la verdad bajo la pena de perjurio).



 ¿qué significa que una persona, en este caso la Presidenta de la Nación, quede imputada en un requerimiento fiscal?

Para que haya un delito por acción u omisión tiene que existir una acción típica, antijurídica y culpable. Sin estos tres requisitos no se puede imponer pena alguna.

"En esto consiste el estudio de la teoría del delito y la reglas de la imputación. En el Derecho Penal, los delitos que hacen al principio de legalidad se encuentran en el libro Segundo del Código Penal en las leyes complementarias, a partir del art. 79"

Cada uno de estos delitos deben ser interpretados en sus elementos de acuerdo a principio, en cuya base se encuentra la Constitución Nacional y los Tratados sobre Derecho Humanos, y reglas lógicas. En la dogmática uno arma una estructura de reglas lógicas de imputación y luego lo aplica a los tipos delictivos descritos en el Código Penal.

Dentro de las normas de imputación se encuentran los delitos de acción (ej, de homicidio) , de resultado y dolosos. Además existen delitos de omisión (ej. abandono de persona) e imprudentes o no dolosos (ej. lesiones imprudentes) y los de mera actividad sin resultado (ej. desobediencia al funcionario público).

REGLAS PARA IMPUTAR A UNA PERSONA


Según explica Donna, las reglas de imputación tienen dos niveles:
  1. La imputación física o causal que se le hace al actor es la más básica e indispensal: se trata de poder determinar, por ejemplo en el delito de homicidio, la causa de la muerte o la relación causal entre la muerte y el autor, etc.
  2. La imputación al sujeto libre: el autor debió decidir realizar el delito de manera libre.
En el primer nivel de imputación (física) hay que determinar la relación fáctica que debe existir entre el comportamiento del autor y la aparición del resultado. Esta relación solo puede ser una relación causal.
Así, la causalidad de una acción respecto de un resultado depende de que la conexión entre ambos esté respaldada por la existencia de una ley natural general que, el caso concreto sea una expresión particular.
Por ley natural debe entenderse aquella que las ciencias duras ( las que trabajan con ensayo-error) dan como tal y que han pasado por la prueba de la experiencia, (empírica), se han repetido, y hay un número estadístico considerable. Esto requiere la pericia adecuada a la ciencia y no la mera conciencia del los miembros del tribunal (estar probado por razones físicas). De lo contrario, se rige la presunción de inociencia al imputado (indubio pro-reo).
En general se sigue la teoría de Eser-Burckhardt, que pretende superar las deficiencias metodológicas de otras teorías causales.
Respecto a la imputación causal, hay un principio del derecho básico que reza: del ser nunca se deduce el deber ser. Esto significa que un sujeto que sea causante de un resultado, no se significa que sea necesariamente responsable del hecho (ej. este sujeto pudo haber actuado en legítima defensa, o haber actuado inconsciente, o ser inimputable por el art. 34 del C. Penal).


SINÓNIMOS: Acusar, achacar, atribuir, incriminar, culpar, inculpar, tachar, colgar, cargar, delatar, denunciar

ANTÓNIMOS: Exculpar, disculpar

No hay comentarios:

Publicar un comentario

TU COMENTARIO O SUGERENCIA NOS HARÁ CRECER

Translate