jueves, 25 de agosto de 2016

FINALIDAD TUITIVA DEL DERECHO DEL TRABAJADO

Es decir, protectora de la persona del trabajador. Esta finalidad es la primera que se protege en la primera etapa de legislación laboral, y la única en un primer momento.

Su fundamento está en que el Derecho del Trabajo regula los intercambios de trabajo humano y, puesto que este bien económico no es separable de la persona que lo presta, el ordenamiento debe garantizar ciertos derechos a la persona que lo presta.

Algunos de los intereses personales que tradicionalmente se han protegido son:

La protección de la salud laboral
La intimidad personal
La conciliación de la vida familiar y laboral
La dignidad frente a un trato discriminatorio o lesivo de derechos fundamentales, entre otros.

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