Documento que te ayudará a proteger la información relevante
de tu emprendimiento para evitar plagios y robos de ideas posteriores.
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
En [Santiago de Chile], con fecha [indicar fecha], entre
[individualizar], en adelante la “[indicar razón social empresa]” por una parte;
y por la otra, [individualizar], en adelante “OTRO”, ambas partes en su
conjunto denominadas las “Partes”, se ha acordado el siguiente contrato de
confidencialidad:
PRIMERO.-
Por el presente instrumento, las Partes acuerdan que toda
información que cada una tome conocimiento de la otra con motivo, ocasión y/o
causa de su relación mutua, deberá ser considerada Información Confidencial.
Para dichos efectos, se entenderá como “Información
Confidencial” todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible
o intangible, relacionada de cualquier forma con las actividades de las Partes,
o de sus sociedades relacionadas, de sus trabajadores, clientes o asociados
comerciales, que tenga o pueda tener valor comercial, o cualquier otra utilidad
para los negocios actuales o futuros de las Partes, y toda aquella información
cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses
de las Partes, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente
como confidencial.
Sólo a título ejemplar, y sin que la siguiente enumeración
sea taxativa ni importe una limitación, la Información Confidencial incluye
entre otras materias:
1.- Toda información
escrita, gráfica, computacional, electrónica o de cualquier otra especie
referente a los contenidos creativos, historia, operaciones, ventas, marketing,
aspectos legales, situación financiera y económica de cualquiera de las Partes,
incluyendo documentos, archivos, estados financieros, información contable,
contratos, informes, correos electrónicos, memorandos, soportes audiovisuales y
cualquier otra información relacionada con las partes u otras empresas
relacionadas, esté o no especificada como confidencial;
2.- Toda información
comunicada oralmente por cualquiera de las Partes a la otra, por cualquier
Representante Validado de éstas;
3.- El código fuente
y objeto de cualquier programa computacional desarrollado, licenciado o
adquirido por cualquiera de las Partes, así como sus manuales, documentación
preparatoria y comentarios al código fuente;
4.- Todo material,
muestra, fórmula, proceso, sistema, patente de invención, modelo de utilidad,
marcas, diseño, tecnología, descubrimientos, know-how, ideas de negocios, etc.,
y los derechos relacionados con lo anterior, sean o no patentables y/o
registrables; y
5.- Toda otra
información no contemplada en los números anteriores, y que en definitiva pueda
ser útil para la competencia, ya sea directa o indirecta de cualquiera de las
Partes.
SEGUNDO.-
En virtud de lo anterior, y con respecto a la Información
Confidencial, las Partes se obligan recíprocamente a lo siguiente:
1.- No hacer uso ni
poner a disposición, vender, divulgar, reproducir, o de cualquier manera
comunicar dicha Información Confidencial a terceras personas, a no ser que
fuere procedente en el cumplimiento de alguna actividad que específicamente se
le hubiere encomendado por un Representante Validado de la parte contraria, sea
durante o una vez terminada la relación mutua.
2.- Mantener bajo
custodia todos y cada uno de los documentos, CDs, disquetes, cintas magnéticas,
e-mail u otros soportes físicos o electrónicos que contengan Información
Confidencial, que hubiere recibido o pertenezcan a la parte contraria. La custodia mencionada supone que ellos se
guardarán reservadamente y sólo tendrán acceso a la información allí contenida
aquellas personas que previamente hayan sido expresamente autorizadas por
cualquier Representante Validado de la parte contraria de donde dicha
Información Confidencial emane.
3.- Si cualquiera de
las Partes quisiere o debiere comunicar a terceras personas, asesores o a otras
empresas proveedoras, suyas o de la parte contraria, cualquier tipo de
Información Confidencial, requerirá la autorización previa y expresa de alguno
de los Representantes Validados de la contraparte. Esta autorización podrá darse por un
Representante Validado por cualquier medio escrito, incluyéndose fax,
telegrama, correos, correo electrónico y otros.
Las Partes deberán comunicar a las personas o entidades que tengan
acceso a la Información Confidencial, previo a la entrega de la misma, el hecho
de quedar sujetas a las mismas normas que dispone el presente contrato de
confidencialidad.
4.- Las Partes no
podrán atribuirse ni dar a conocer de forma alguna, contenidos protegidos por derechos
de autor, marcas comerciales y otras cosas incorporales susceptibles de
someterse al registro de propiedades intelectuales o industriales, que haya
conocido con ocasión de su relación con la parte contraria. La prohibición antes mencionada supone que
cualquiera de las Partes no podrá intentar inscribir en el Registro de
Propiedad Intelectual o Industrial, a su nombre ni al de terceras personas,
alguna de las cosas incorporales que lleguen a su conocimiento con ocasión de
su relación con la parte contraria.
5.- Las Partes se
comprometen a dar aviso por escrito y sin tardanza a cualquier Representante
Validado de la parte contraria, en caso de enterarse de cualquier apropiación
indebida, divulgación o uso no autorizados de la Información Confidencial por
cualquier persona o entidad, y a adoptar las medidas necesarias dentro del más inmediato
plazo para restringir, reducir o remediar de otro modo la apropiación,
divulgación o uso indebidos de esa Información Confidencial.
6.- Las Partes
aceptan que la Información Confidencial adquirida en virtud de sus relaciones
reciprocas será además considerada como secreto empresarial en los términos de
los artículos 86 y siguientes de la Ley de Propiedad Industrial, y en
consecuencia responderán de las responsabilidades civiles y penales que
correspondan.
TERCERO.-
A) Para efectos de
este contrato, serán Representantes Validados de [indicar razón social empresa]
las siguientes personas o quienes los reemplacen en sus cargos:
1.- [indicar nombre y cargo]
2.- [indicar nombre y cargo]
B) Para efectos de
este contrato, serán Representantes Validados de OTRO las siguientes personas o
quienes los reemplacen en sus cargos:
1.- [indicar nombre y cargo]
2.- [indicar nombre y cargo]
CUARTO.-
Las obligaciones de confidencialidad que emanan de este
acuerdo se mantendrán vigentes entre y para cada parte hasta que la Información
Confidencial de una pase al dominio público por causa no imputable a la otra.
_____________________
[Individualizar
_____________________
OTRO
No hay comentarios:
Publicar un comentario
TU COMENTARIO O SUGERENCIA NOS HARÁ CRECER